Una de las grandes preguntas al momento de iniciar un emprendimiento, es de que manera puedo formalizar mi producto o servicio? A continuación algunas de las formas mas conocidas para legalizar tu negocio…
Toda persona natural o jurídica podrá realizar actividades comerciales o industriales dentro del territorio nacional, con las limitaciones que se tengan descritas en la ley, por consiguiente, es solo cuestión de solicitar su aviso de operaciones en el Ministerio de Comercio en Industrias, específicamente en la web de Panamá Emprende Panamá Emprende 2.5V para dar inicio a la operación de un negocio que haya cumplido con todos los requisitos legales.
El Aviso de Operación es el único proceso requerido para el inicio de una actividad comercial o industrial en el territorio de la República e incluye, pero no se limita, al Registro Único de Contribuyentes ante la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas. En consecuencia, ninguna institución de la Administración Pública o gobierno local podrá exigir permiso, licencia, visto bueno, registro o aprobación alguna como requisito para iniciar ni ejercer una actividad comercial o industrial, salvo las excepciones taxativamente establecidas por esta Ley o a través de ley especial o lo relacionado con la disposición de los bienes del Estado o los bienes municipales.
Ley No.5 de 11 de enero de 2007, que agiliza el proceso de apertura de empresas y establece otras disposiciones..
Al momento que se conforma la empresa, se registran las operaciones y así queda obligado el contribuyente a tributar.